O Centro Galego para o Control e Prevención das Enfermidades (CEGACE)

O Centro Galego para o Control e Prevención das Enfermidades (CEGACE)

EL CENTRO GALLEGO PARA EL CONTROL Y PREVENCIÓN DE LAS ENFERMEDADES (CEGACE)

 

Se crea, con nivel orgánico de subdirección general, adscrito a esta consellería a través de la dirección general de salud pública, el Centro Gallego para el Control y Prevención de las Enfermedades, como órgano técnico especializado responsable del asesoramiento y coordinación de las estructuras y políticas de salud pública en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, en cumplimiento de las previsiones contenidas en los artículos 49, 77 y 107 de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia, y en el artículo 23 de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud pública. Sin perjuicio de tal adscripción, operará como estructura de gestión compartida entre la Consellería de Sanidad y el Servicio Gallego de Salud.

 

Le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones:

 

a) La identificación de problemas de salud y la evaluación de los riesgos asociados a dichos problemas, así como la difusión de la información y recomendaciones derivadas de esta evaluación.

b) La vigilancia epidemiológica y el control de las enfermedades en la Comunidad Autónoma de Galicia.

c) La gestión de eventos de interés epidemiológico de especial relevancia para la salud pública.

d) La aplicación de las directrices de la dirección general competente en materia de planificación, coordinación y evaluación de las actuaciones de prevención y control de las enfermedades y las resistencias la antibimicrobianos, así como la detección precoz de enfermedades.

e) La colaboración en el mantenimiento del Observatorio de Salud Pública de Galicia en el ámbito de la vigilancia epidemiológica y de la prevención y control de las enfermedades.

f) El desarrollo, en colaboración con los órganos que gestionan las actividades desarrolladas por la Escuela Gallega de Salud Pública, de estudios de investigación y de actividades de formación en el ámbito de la epidemiología y de la prevención de las enfermedades transmisibles.

g) El impulso de la innovación en el campo de la vigilancia epidemiológica, la detección precoz y el control de las enfermedades.

h) La interlocución y coordinación a nivel nacional con los organismos competentes en el ámbito de la vigilancia epidemiológica, la detección precoz y el control de las enfermedades.

i) En general, aquellas otras que, dentro de su ámbito, le sean asignadas.

 

 

Para el cumplimiento de sus funciones contará, con nivel orgánico de servicio, con las siguientes unidades:

 

Servicio de Vigilancia Epidemiológica

Funciones:

a) La gestión de la Red gallega de vigilancia en salud pública, que englobará las enfermedades de declaración obligatoria y otras enfermedades transmisibles y no transmisibles de especial relevancia, del Registro Gallego de Tumores (Regat) y del Registro de Interrupciones Voluntarias del Embarazo.

b) La vigilancia de los factores de riesgo conductuales relacionados con la salud, con el objeto de informar de los resultados y evaluar intervenciones para el control de los problemas de salud con los que se relacionan esos factores.

c) La vigilancia de la mortalidad y de sus causas.

d) La vigilancia de las enfermedades transmitidas por vectores, en coordinación con la Red gallega de vigilancia de vectores (Regavivec).

e) La creación, desarrollo y mantenimiento de la Red gallega de microbiología en salud pública.

f) La participación y coordinación del sistema de alerta precoz y respuesta rápida ante eventos de interés epidemiológico de especial relevancia para la salud pública, incluida la gestión del Sistema de alerta epidemiológica de Galicia.

g) El desarrollo, en el ámbito de sus competencias, de las actuaciones necesarias orientadas al control de las resistencias a antimicrobianos en Galicia, incluyendo la coordinación del Plan gallego de control de las resistencias en colaboración con las distintas unidades implicadas en la comunidad autónoma, con el fin de implementar con eficacia en Galicia el plan nacional.

h) La planificación, seguimiento y evaluación de la estrategia sobre la secuenciación completa de virus y bacterias de interés para la salud pública, de cara a incorporarla en la vigilancia de ciertas enfermedades y para el control de brotes.

i) El asesoramiento y la promoción de la formación en materia de método epidemiológico.

j) La colaboración, asesoría, coordinación y participación en la investigación en el ámbito de la vigilancia epidemiológica.

k) La interlocución a nivel nacional con los organismos competentes en el ámbito de la vigilancia epidemiológica y control de las enfermedades.

l) En general, aquellas otras que, dentro de su ámbito, le sean asignadas.

 

 

Servicio de Prevención y Control de Enfermedades

Funciones:

a) La planificación, coordinación, gestión y evaluación de las actividades de los programas gallegos de inmunizaciones.

b) La planificación, coordinación, gestión y evaluación de las actividades de los distintos programas para la prevención y control de enfermedades.

c) La difusión de los resultados de los programas de prevención de enfermedades.

d) La sensibilización de la ciudadanía sobre la importancia de la prevención de las enfermedades incluidas en los diferentes programas y el establecimiento de actuaciones de información y educación sanitaria dirigidas a la ciudadanía en estas materias.

e) La promoción y la colaboración en la formación del personal que desarrolla los diferentes programas sobre inmunización y control de enfermedades.

f) El fomento de la investigación en el ámbito de la vacunación y el control de las enfermedades.

g) La interlocución a nivel nacional con los organismos competentes en el ámbito de las vacunas.

h) En general, aquellas otras que, dentro de su ámbito, le sean asignadas.

 

 

Servicio de Detección Precoz de Enfermedades

Funciones:

a) La planificación, programación, coordinación y evaluación de las actividades de los programas de detección precoz de determinados problemas de salud individual y la difusión de información sobre ellos.

b) La promoción y la colaboración en la formación del personal que desarrolla los diferentes programas sobre detección precoz de enfermedades.

c) El estudio y diseño de propuestas sobre nuevos programas basados en estrategias de detección precoz.

d) La propuesta, en el ámbito de sus competencias, y eventualmente el desarrollo, de nuevas metodologías para la detección precoz de las enfermedades en su ámbito territorial de actuación.

e) La interlocución a nivel nacional con los organismos competentes en el ámbito de la detección precoz.

f) En general, aquellas otras que, dentro de su ámbito, le sean asignadas.