A Subdirección Xeral de Estilos de Vida Saudables

A Subdirección Xeral de Estilos de Vida Saudables

LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ESTILOS DE VIDA SALUDABLES

 

Le corresponde a esta subdirección general la aplicación de las directrices de la dirección general en materia de planificación, coordinación y evaluación de las actuaciones sobre los factores de riesgo relacionados con los estilos de vida y la promoción de la salud con una perspectiva de equidad; las actuaciones en materia de drogodependencias y las que se asignan al Comisionado del Plan de Galicia sobre drogas en el Decreto 254/1997, de 10 de septiembre, por el que se procede a la creación y adscripción del Comisionado del Plan de Galicia sobre drogas, en cuestiones relacionadas con la prevención; el fomento de la salud en todas las políticas, a través de la generalización de la evaluación del impacto en salud de las mismas, lo que supone considerar sistemáticamente las implicaciones en salud en la toma de las decisiones en todos los sectores y áreas de la acción política, tanto sanitarias como no sanitarias, adoptando aquellas decisiones que supongan mejorar la salud de la población y la equidad; la planificación y desarrollo de la Red gallega de promoción de la salud; la interlocución, coordinación y colaboración con otros departamentos de la Xunta de Galicia y de la Administración local en la prevención de las enfermedades no transmisibles, en la prevención de las conductas adictivas y en la promoción de la salud; la coordinación de las reuniones de la Comisión interdepartamental en materia de educación y salud y de los comités creados por ella y velar por la ejecución de las iniciativas encomendadas en este órgano; la interlocución y coordinación en materia de nutrición con la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición; la colaboración con la Red de vigilancia en salud pública en los aspectos relacionados con la vigilancia de los factores de riesgo relacionados con los estilos de vida; la colaboración en el mantenimiento del Observatorio de Salud Pública de Galicia en el ámbito de la prevención de las conductas adictivas, factores de riesgo relacionados con los estilos de vida y promoción de la salud; el desarrollo, en colaboración con los órganos que gestionan las actividades desarrolladas por la Escuela Gallega de Salud Pública, de estudios de investigación y de actividades de formación sobre prevención de las conductas adictivas, factores de riesgo relacionados con los estilos de vida y promoción de la salud; en general, aquellas otras que, dentro de su ámbito, le sean asignadas.

 

 

 

Para el cumplimiento de sus funciones contará, con nivel orgánico de servicio, con las siguientes unidades:

 

Servicio de Estilos de Vida Saludables y Educación para la Salud

Funciones:

a) La planificación, programación, coordinación y evaluación de las actividades que, con incidencia sobre los determinantes de la salud y con una perspectiva de equidad, promuevan los estilos de vida saludables y la difusión de la información sobre ellas.

b) La promoción de actuaciones que favorezcan que las personas vivan en entornos más saludables y puedan tomar las mejores decisiones para mejorar su salud.

c) La planificación, programación, coordinación y evaluación de las actividades de prevención y control de las enfermedades no transmisibles y la difusión de la información sobre ellas.

d) La coordinación de la Red gallega de promoción de la salud.

e) Asumir, en su caso, y conforme a lo dispuesto en el artículo 4.5 del Decreto 61/2019, de 23 de mayo, las funciones de la secretaría de la Comisión interdepartamental en materia de educación y salud.

f) En general, aquellas otras que, dentro de su ámbito, le sean asignadas.

 

 

Servicio de Prevención de Conductas Adictivas

Funciones:

a) La planificación, programación, coordinación y evaluación de las actividades de prevención y control de trastornos adictivos, con especial atención a la prevención del desarrollo de conductas adictivas por parte de las personas menores de edad.

b) La planificación, programación, coordinación y evaluación de las actividades de prevención previstas en la normativa referente al consumo de tabaco, así como de todas aquellas actividades que así lo requieran.

c) El desarrollo y actualización de la cartera de servicios de prevención en conductas adictivas y la coordinación con todas las entidades implicadas para su desarrollo.

d) La planificación, programación, coordinación y evaluación de actividades de promoción del bienestar emocional incluyendo la prevención del suicidio a nivel poblacional.

e) En general, aquellas otras que, dentro de su ámbito, le sean asignadas.