Departamento Territorial da Coruña
Cristina Pérez Fernández
Directora territorial
Departamento Territorial da Consellería de Sanidade
Durán Loriga, 3
15003 A Coruña
Tel: 981155861; Fax: 981155801
Correo-e:DireccionTerritorialSanidadeCoruna@sergas.gal
Departamento Territorial de Lugo
Begoña Seco Varela
Directora territorial
Departamento Territorial da Consellería de Sanidade
Rúa Montevideo, 9
27001 Lugo
Tel: 982292126; Fax: 982292115
Correo-e:departamento.territorial.sanidade.lugo@sergas.es
Departamento Territorial de Ourense
Laura López del Castillo
Directora territorial
Departamento Territorial da Consellería de Sanidade
Avenida de Zamora, 13
32005 Ourense
Tel: 988066371; Fax: 988066302
Correo-e:direccion.territorial.ourense@sergas.es
Los departamentos territoriales de A Coruña, Lugo y Ourense, al frente de las cuales estará un director o una directora, ejercerán las siguientes funciones:
- la) La dirección y la gestión de los servicios de la jefatura territorial y el ejercicio de la supervisión, coordinación y seguimiento de sus actividades y, en particular, la información y atención al ciudadano, el registro y arquivamiento y el régimen interior, asumiendo la representatividad plena de estos.
- b) La dirección y coordinación del personal de la jefatura territorial de la Consellería, sin perjuicio de las competencias atribuidas la otros órganos.
- c) La elaboración de la propuesta de las dotaciones presupuestarias de la jefatura territorial que se incluirá en el anteproyecto de presupuestos de la Consellería; el conocimiento y la dirección de la gestión económica y el control de la ejecución de los créditos presupuestarios asignados; la coordinación, ejecución y control de los planes y programas de actuación de la Consellería, tanto en el ámbito de la planificación y ordenación sanitaria, como de farmacia y salud pública, y la recepción, tramitación y resolución, si fuere el caso, de cuantas denuncias, quejas y reclamaciones se produzcan en su ámbito competencial.
- d) La incoación y tramitación de los expedientes sancionadores derivados de la comisión de infracciones administrativas en el ámbito de sus competencias, y la resolución de aquellos que le atribuya la normativa vigente, así como acordar la suspensión temporal del ejercicio de actividades, la incautación o la inmovilización de productos, la intervención de medios y otras de carácter cautelar, en el ámbito de la Ley 8/2008, de 10 de julio , de salud de Galicia, de la normativa de ordenación farmacéutica y de las normas sectoriales que resulten de aplicación.
- y) Las funciones encomendadas en materia de tramitación y propuesta por el Decreto 146/2001, de 7 de junio , sobre planificación, apertura, traslado, cierre y transmisión de oficinas de farmacia, y las también encomendadas por el Decreto 176/2001, de 12 de julio , sobre creación, apertura y funcionamiento de los servicios de farmacia y depósitos de medicamentos en las estructuras de atención primaria, así como las previstas por la Orden de 20 de noviembre de 2001 por la que se establecen los requisitos y procedimientos de autorización de las boticas anexas.Las funciones encomendadas en materia de tramitación y propuesta por el Decreto 146/2001, de 7 de junio , sobre planificación, apertura, traslado, cierre y transmisión de oficinas de farmacia, y las también encomendadas por el Decreto 176/2001, de 12 de julio , sobre creación, apertura y funcionamiento de los servicios de farmacia y depósitos de medicamentos en las estructuras de atención primaria, así como las previstas por la Orden de 20 de noviembre de 2001 por la que se establecen los requisitos y procedimientos de autorización de las boticas anexas.
- f) Las funciones que le otorga el Decreto 12/2009, de 8 de enero , y demás normativa en materia de centros, servicios y establecimientos sanitarios; las funciones establecidas en el Decreto 97/1998, de 20 de marzo , en relación con la publicidad sanitaria y las funciones establecidas en el Decretos 245/2009, de 30 de abril , Decreto 87/1990, de 15 de febrero y Decreto 88/1990, de 15 de febrero .
- g) En general, aquellas otras que, dentro de su ámbito, le sean asignadas.En general, aquellas otras que, dentro de su ámbito, le sean asignadas.
Para el desarrollo de las funciones atribuidas contarán con las siguientes unidades con nivel orgánico de servicio:
- Servicio de Planificación, Aseguramiento y Ordenación Sanitaria. (Funciones):
- la) La gestión de la unidad provincial de tarjeta sanitaria, así como las funciones de planificación, ordenación y aseguramiento sanitario, incluidas las relacionadas con el aseguramiento de los derechos de los ciudadanos que le sean encomendados.
- b) La tramitación de los expedientes de autorización de instalaciones, funcionamiento, modificación y renovación de los centros, servicios y establecimientos sanitarios, así como la gestión del registro de sus profesionales de conformidad con el establecido en la normativa reguladora.
- c) La tramitación de la certificación técnico-sanitaria de los vehículos de transporte sanitario por carretera, de conformidad con la normativa vigente.La tramitación de la certificación técnico-sanitaria de los vehículos de transporte sanitario por carretera, de conformidad con la normativa vigente.
- d) La tramitación e informe de los expedientes de solicitud de licencia de fabricación de productos sanitarios la medida, la gestión de la declaración de distribución y venta de productos sanitarios; la tramitación de la autorización de funcionamiento, modificación y renovación de servicios y establecimientos de farmacia, y de los depósitos de medicamentos, conforme su normativa reguladora, y la toma de posesión de los farmacéuticos de oficinas de farmacia.
- y) La verificación de la ejecución de las medidas adoptadas por la Subdirección General de Farmacia a consecuencia de las alertas sobre riesgos relacionados con los medicamentos o productos sanitarios en los centros, establecimientos y servicios sanitarios, así como la tramitación de la medicación extranjera para pacientes ambulatorios.
- f) La tramitación de las denuncias sobre publicidad sanitaria.La tramitación de las denuncias sobre publicidad sanitaria.
- g) En general, aquellas otras que, dentro de su ámbito, le sean asignadas.
- Servicio de Gestión. (Funciones):
- la) La organización de la ejecución de programas y el control previo del gasto derivado de la ejecución de los programas que se le encomienden a la jefatura territorial y, en general, la gestión económica de la jefatura territorial.
- b) La elaboración y emisión de informes técnico-jurídicos de apoyo a la jefatura territorial, así como la iniciación y resolución de los expedientes sancionadores derivados de la comisión de infracciones administrativas cuya competencia corrresponda a la jefatura territorial conforme la normativa vigente.
- c) La elaboración y emisión de informes técnico-jurídicos de apoyo a la jefatura territorial, así como la iniciación y resolución de los expedientes sancionadores derivados de la comisión de infracciones administrativas cuya competencia corrresponda a la jefatura territorial conforme la normativa vigente.
- d) La gestión y habilitación del personal de la jefatura territorial. 4.d) Las propuestas de reconocimiento de interés sanitario para actos de carácter científico y, en general, aquellas que dentro de su ámbito le sean asignadas.
- Servicio de Alertas Epidemiológicas. (Funciones):
- la) La gestión y control de brotes epidémicos, alertas y crisis sanitarias y la coordinación y seguimiento del Sistema de alerta epidemiológica. 2.La organización de la ejecución de las actividades del Plan de prevención y control de las enfermedades transmisibles y del Programa gallego de vacunaciones.
- b) La organización de la ejecución de actividades de prevención y control de enfermedades no transmisibles y de los programas de promoción de estilos de vida saludables y de programas poblacionales de cribaje; la coordinación y emisión de informes y evaluación de los programas y actividades encomendados, y, en general, aquellas otras que dentro de su ámbito le sean asignadas.
- c) La organización de la ejecución de actividades de prevención y control de enfermedades no transmisibles y de los programas de promoción de estilos de vida saludables y de programas poblacionales de cribaje; la coordinación y emisión de informes y evaluación de los programas y actividades encomendados, y, en general, aquellas otras que dentro de su ámbito le sean asignadas. La organización de la ejecución de actividades de prevención y control de enfermedades no transmisibles y de los programas de promoción de estilos de vida saludables y de programas poblacionales de cribaje; la coordinación y emisión de informes y evaluación de los programas y actividades encomendados, y, en general, aquellas otras que dentro de su ámbito le sean asignadas.
- Servicio de Control de Riesgos Ambientales. (Funciones):
- la) La tramitación y supervisión del cumplimiento de las directrices en materia de control de riesgos ambientales para la salud.
- b) La vigilancia y control del cumplimiento de las disposiciones dictadas en materia de seguridad alimentaria y sanidad ambiental y la ejecución de las inspecciones en estas materias.
- c) La implantación de políticas de calidad en los servicios de inspección.
- d) La propuesta de incoación de expedientes sancionadores en materia de seguridad alimentaria y/o de sanidad ambiental, así como la tramitación de los expedientes administrativos de centros, establecimientos y servicios no sanitarios o sustancias distintas de los medicamentos.
- y) La coordinación y emisión de informes y evaluación de los programas encomendados
- f) En general, aquellas otras que, dentro de su ámbito, le sean asignadas.
- Servicio de Inspección de Servicios Sanitarios. (Funciones):
- la) El desarrollo de los planes y programas de inspección en el ámbito de servicios sanitarios y territoriales.El desarrollo de los planes y programas de inspección en el ámbito de servicios sanitarios y territoriales.
- b) La inspección, evaluación y control de la gestión y asistencia sanitaria prestada en todo tipo de centros y servicios, de los conciertos y autorizaciones de uso sanitario y la asistencia sanitaria prestada por mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, y empresas colaboradoras; de los dispositivos de coordinación de urgencias y prestaciones sanitarias complementarias, de los dispositivos de transporte sanitario, así como la realización de propuestas de autorizaciones de centros y servicios sanitarios, de la prestación farmacéutica y control de medicamentos y productos sanitarios y del sistema de farmacovixilancia.
- c) La inspección y control de los medios de publicidad del medicamento; las auditorías de garantía de calidad en protección radiológica; las auditorías e inspecciones de normas de correcta fabricación de laboratorios farmacéuticos y las auditorías e inspecciones de buenas prácticas de distribución de los almacenes farmacéuticos de distribución; la inspección y control sanitaria de la incapacidad laboral y la colaboración con las entidades gestoras en materia laboral, así como la participación en el equipo de valoración de incapacidades.La inspección y control de los medios de publicidad del medicamento; las auditorías de garantía de calidad en protección radiológica; las auditorías e inspecciones de normas de correcta fabricación de laboratorios farmacéuticos y las auditorías e inspecciones de buenas prácticas de distribución de los almacenes farmacéuticos de distribución; la inspección y control sanitaria de la incapacidad laboral y la colaboración con las entidades gestoras en materia laboral, así como la participación en el equipo de valoración de incapacidades.
- d) La inspección y control de los medios de publicidad del medicamento; las auditorías de garantía de calidad en protección radiológica; las auditorías e inspecciones de normas de correcta fabricación de laboratorios farmacéuticos y las auditorías e inspecciones de buenas prácticas de distribución de los almacenes farmacéuticos de distribución; la resolución de las reclamaciones previas en materia de seguridad social derivadas de los partes médicos de baja, confirmación de baja y alta, emitidos por el servicio público de salud en los casos establecidos en la legislación de seguridad social, sin perjuicio de las competencias de las entidades gestoras; la inspección y control sanitaria de la incapacidad laboral y la colaboración con las entidades gestoras en materia laboral, así como la participación en el equipo de valoración de incapacidades.
- y) La ordenación de investigaciones previas reservadas en procedimientos sancionadores de centros, servicios o establecimientos sanitarios, así como en procedimientos disciplinarios de personal estatutario, con el deber de comunicar el acuerdo a la Subdirección General de Inspección, Auditoría y Acreditación de Servicios Sanitarios; la instrucción y propuesta de los procedimientos disciplinarios del personal estatutario; la instrucción y propuesta de los procedimientos sancionadores a establecimientos farmacéuticos, y otros centros, servicios y establecimientos sanitarios; la inspección e informe de las actividades de investigación, así como de la docencia pregraduada y posgraduada en los centros sanitarios y la realización de los informes preceptivos establecidos en el Real decreto 1598/2004, de 2 de julio , por lo que se modifica el Reglamento general de conductores.
- f) En general, aquellas otras que, dentro de su ámbito, le sean asignadas. ?
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