Me pueden realizar la intervención quirúrgica en un centro diferente a lo que me corresponde?

Me pueden realizar la intervención quirúrgica en un centro diferente a lo que me corresponde?

Para los procesos asistenciales quirúrgicos garantizados, con el fin de que la atención sanitaria en el ámbito hospitalario del Sistema Público de Salud de Galicia sea dispensada de acuerdo con unas demoras máximas en los tiempos de respuesta, si comprobada la espera prevista en el centro o complejo hospitalario que le corresponde al paciente, esta supera el tiempo máximo garantizado, el Servicio Gallego de Salud le ofertará la realización de la prestación en otro centro alternativo del Sistema Público de Salud de Galicia o en un centro concertado. La oferta de centro concertado solo se podrá realizar cuando no exista una alternativa en un centro de carácter público que garantice la atención en el plazo máximo establecido.
 
El paciente siempre podrá optar por aceptar o rechazar el centro o centros alternativos ofertados.
 
(Artículo 12 del Decreto 105 /2017, de 28 de septiembre , por el que se regula el sistema de garantía de tiempos máximos de acceso a las prestaciones sanitarias públicas).