Los derechos, los deberes y las garantías en el Sistema Público de Salud de Galicia

Los derechos, los deberes y las garantías en el Sistema Público de Salud de Galicia

En Galicia, los derechos y deberes básicos en salud son establecidos por Ley, tomando como base los instrumentos intergubernamentais, tratados, convenios internacionales, directivas y legislación estatal.
 
El Sistema Público de Salud de Galicia reconoce una serie de derechos que inciden especialmente en la autonomía del paciente, en la información y en la documentación clínica, en la protección especial de algunas personas, y en la participación de la ciudadanía en la gestión del Sistema Sanitario Gallego.
 
La Xunta de Galicia y las autoridades sanitarias tienen el deber de adoptar las medidas oportunas que garanticen los derechos de la ciudadanía. Una figura administrativa está encargada de velar por el cumplimiento de los derechos reconocidos a la ciudadanía y mediar activamente en los conflictos que, en relación con el ejercicio efectivo de estos, se puedan presentar.
 
Titulares del derecho
 
Según la Ley General de Sanidad:
  • los españoles y los ciudadanos extranjeros que tengan establecida su residencia en el territorio nacional.
  • los extranjeros no residentes y los españoles fuera del territorio nacional han garantizado tal derecho en la forma que las leyes y convenios establezcan.
En Galicia:
  • las personas que residan en los municipios de la Comunidad Autónoma y los transeúntes en el territorio de la comunidad, en la forma y condiciones que establezca la legislación vigente, derecho comunitario y europeo y los convenios nacionales o internacionales que resulten de aplicación.
  • los gallegos y gallegas de origen o ascendencia que, residiendo fuera de Galicia, se vean amparados por los convenios al efecto, en la manera y condiciones establecidas en ellos.
  • los menores y las mujeres xestantes, cualquier que sea su residencia o situación.
  • todas las personas en situación de urgencia y emergencia.
Sistema de Salud
Los poderes públicos tienen la competencia de organizar y tutelar la salud pública, mediante un sistema de salud que alcance a todos y contemple, tanto la prevención, como la prestación de servicios sanitarios.
  • Las acciones generales y comunes, fundamento de los servicios sanitarios de todas las Comunidades Autónomas, se llevarán a cabo a través del Sistema Nacional de Salud; que asegura el equilibrio territorial en el acceso a prestaciones y servicios sanitarios seguros, efectivos y eficientes.
  • El Sistema Nacional de Salud se concibe cómo una red integrada de servicios de salud gestionados por las Comunidades Autónomas, convenientemente coordinados.
  • En Galicia, los recursos, actividades, servicios y prestaciones de promoción de la salud y de asistencia sanitaria se organizan a través del Sistema Público de Salud de Galicia.