Ciudadano de otros países que accede a Galicia

Ciudadano de otros países que accede a Galicia

Los pacientes de otros estados miembros de la Unión Europea que opten por la atención transfronteriza en Galicia, tanto en centros de titularidad pública como privada, serán atendidos en las mismas condicions que los pacientes gallegos, tanto en el acceso como en el coste de la asistencia.

Atención en hospitales del Sergas

El acceso de pacientes de otros estados miembros que opten por la atención transfronteriza en los hospitales del Servicio Gallego de Salud será en iguales condiciones que los pacientes gallegos, y las tarifas a aplicar las de precios públicos. La solicitud de asistencia en hospitales del Sergas se presentará ante el servicio de Admisión del centro, de acuerdo con el formulario establecido.

Información sobre reclamacions
En la atención en hospitales del Sergas es de aplicación el régimen de responsabilidad previsto en el título X de la Ley 30/1992, del 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Se facilitará al usuario cuando lo requiera información sobre la cobertura del seguro de responsabilidad.